¿Cómo consigo que la documentación solicitada tenga la Apostilla de La Haya? - IPLexequatur.com
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¿Cómo consigo que la documentación solicitada tenga la Apostilla de La Haya?


¿Como consigo que la documentación solicitada este debidamente apostillada por la Apostilla de La Haya?


Cualquier sentencia dictada por un país extranjero, y que este país haya firmado el convenio de la Haya, deberá tener incluido en esta la “Apostilla de la Haya”. 

Si se trata de reconocer una sentencia de divorcio, es absolutamente necesario que la sentencia original y el convenio regulador de separación o divorcio estén debidamente apostillados, según lo establecido en el Convenio de la Haya.


A continuación le detallamos donde puede dirigirse para apostillar su documento o sentencia:


Según lo indicado en el Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961, se puede acudir para apostillar un documento a los siguientes lugares:


Documentos Públicos Administrativos (algunos documentos administrativos precisan de reconocimiento previo de firma), y Judiciales (incluidos documentos de Registro Civil), el ciudadano podrá dirigirse, a su elección, a cualquiera de las Autoridades Competentes mencionadas a continuación:


  • Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.
  • Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y Oficinas Delegadas de Ceuta y Melilla.
  • A las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia  y de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Documentos notariales y documentos privados cuyas firmas han sido legitimadas ante Notario:


  • Colegios Notariales o aquellos Notarios en quien deleguen.

Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo:


  • Secretarios de Gobierno de los respectivos tribunales o en quien ellos deleguen.

Puede ampliar la información en la web del Ministerio de Justicia Español: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/legalizacion-unica-apostilla


Si el país no ha firmado el Convenio de la Haya, la autentificación deberá ser efectuada por el Cónsul español en ese país, cuya firma deberá ser legalizada por el Ministerio de Exteriores español.


Se lo explicamos aquí: ¿Como legalizar un documento o sentencia si mi país no ha firmado el convenio de la Haya?


Si quiere iniciar un procedimiento de reconocimiento de sentencia extranjera exequátur puede informarse y pedir presupuesto por aquí: Información de procedimiento de exequátur


la-apostilla-de-la-haya

La sentencia original y el convenio regulador deben estar convenientemente apostillados.


A continuación le mostramos los países que han firmado el convenio de La Haya:


Alemania
Andorra
Antigua y Barbuda
Argentina
Armenia
Australia
Austria
Bahamas
Barbados
Bélgica
Belice
Bielorrusia
Bosnia – Herzegovina
Botswana
Brunei – Darussalam
Bulgaria
(China – Sólo en sus regiones administrativas de Macao y Hong Kong)
Chipre
Colombia
Croacia
Dominica
El Salvador
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estados Unidos de América
Estonia
Federación de Rusia
Fidji
Finlandia
Francia
Granada
Grecia
Hungría
Irlanda
Isla Marshall
Isla Mauricio
Israel
Italia
Japón
Kazajstán
Lesotho
Letonia
Liberia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Macedonia, Antigua República Yugoslava de
Malawi
Malta
México
Mónaco
Namibia
Niue
Noruega
Nueva Zelanda
Países Bajos
Panamá
Portugal
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
República Checa
Rumanía
Samoa
San Cristóbal y Nieves
San Marino
San Vicente y Granadinas
Santa Lucía
Seychelles
Sudáfrica
Suecia
Suiza
Surinam
Swazilandia
Tonga
Trinidad y Tobago
Turquía
Venezuela
Yugoslavia