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Abogados procedimiento exequátur en Carucedo

Abogados Expertos en Exequátur – reconocimiento de sentencia extranjera en Carucedo

Reconocimiento de cualquier sentencia dictada en otro país.

Reconocimiento de sentencias de divorcio.

Si ha llegado hasta aquí, lo más probable es que usted necesite que se reconozca una sentencia dictada en el extranjero, aquí, en España. Comentarle en primer lugar, que cualquier sentencia dictada en el extranjero puede homologarse en España, siempre que se cumplan unos requisitos, que explicaremos más adelante.

En IPLexequatur.com estamos especializados en procedimientos de exequátur en Carucedo.

  • Exequátur – reconocimiento de sentencias de divorcio.
  • Exequatur – reconocimiento de cualquier sentencia dictada en el extranjero.

Aunque lo más habitual es solicitar la homologación de una sentencia de divorcio dictada en el extranjero y que esta tenga efecto en España, es decir, un Exequátur de reconocimiento de sentencia, en IPLexequatur.com estamos especializados en TODO TIPO DE PROCEDIMIENTOS DE EXEQUÁTUR.

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¿Y COMO FUNCIONA EL PROCEDIMIENTO DE EXEQUÁTUR?

El procedimiento de Exequátur consigue que la sentencia dictada en el país extranjero tenga efectos en España. Esto es absolutamente necesario si queremos que esa sentencia tenga poder ejecutivo (se ponga en marcha), y tenga total legalidad en España. Sin el procedimiento de Exequátur, no podemos conseguir que aquello que dictaron en otro país, tenga efectos aquí en España.

Lo que iniciamos con el procedimiento de exequátur es que los Tribunales Eapañoles verifique si la sentencia extranjera es acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

MUY IMPORTANTE: En ningún caso, por parte de los Tribunales Españoles entrarán a valorar si el contenido o fondo de la sentencia es adecuado o no. Por tanto, no se valora si la pensión de alimentos es adecuada, o la sentencia dictada sobre cualquier materia es justa o no en su cuantía, por ejemplo, sino que se valora si lo acordado está en los limites marcados por la legislación española.

¿QUIEN PUEDE INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE EXEQUÁTUR?

El procedimiento de exequátur, en España puede iniciarlo cualquier persona que tenga interés legitimo en que esa sentencia tenga efecto en España. Debe saber, que es un procedimiento judicial que debe ser representado/a por procurador y asistido/a por abogado.

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¿Y COMO INICIAMOS EL PROCEDIMIENTO DE EXEQUÁTUR?

Todo procedimiento de exequátur deberá ser iniciado por una persona que tenga interés legitimo en que se reconozca y tenga efecto la sentencia dictada en el extranjero en nuestro país. 

Debe saber, que este tipo de procedimiento judicial necesita que usted este representado por procurador y defendido por abogado.

La demanda será presentada en los Juzgados y una vez sea repartida, está será analizada por el letrado de la administración que toque, dictando este decreto de admisión, y dando traslado de la demanda de exequátur a la parte contraria, donde esta podrá oponerse o no, en un plazo de 30 días.

El demandado podrá acompañar a su escrito de oposición los documentos que el estime oportunos a fin de: 

  • Impugnar la autenticidad de la resolución extranjera
  • La corrección del emplazamiento al demandado.
  • La firmeza o no de la sentencia.
  • La fuerza ejecutiva de la resolución extranjera.

El letrado de la administración podrá apreciar algún defecto formal subsanable en la demanda dictada en el extranjero,  con arreglo a las leyes procesales españolas, y procederá a dar cuenta al órgano jurisdiccional extranjero.

Además, podrá determinar si la jurisdicción española es competente o no respecto a la solicitud de exequátur.

Además, podrá requerir a la parte demandante cuando la demanda adoleciese de defectos formales o la documentación fuese incompleta y no se hubiesen subsanado por el actor en el plazo de 5 días concedido para ello por el secretario judicial.

Debe saber además, que el Ministerio Fiscal tendrá conocimiento de todas las actuaciones que se produzcan durante todo el procedimiento y podrá actuar si lo considera oportuno.

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¿DOCUMENTACIÓN NECESARIA PROCEDIMIENTO DE EXEQUÁTUR?

A continuación, le vamos a detallar la documentación que necesitará para que podamos iniciar el procedimiento de exequátur:


1.Copia original de la sentencia, con la apostilla de la Haya o legalizada

1.1 – ¿Como conseguir la apostilla de la Haya?

1.2 – ¿Como conseguir legalizar mi sentencia?


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¿ES POSIBLE QUE DENIEGUEN MI EXEQUÁTUR?

Nuestra legislación indica, que en determinados casos las sentencias judiciales extranjeras no se reconocerán:

1.Cuando fueran contrarias al orden público.

2.Cuando la resolución se hubiera dictado con manifiesta infracción de los derechos de defensa de cualquiera de las partes. Por ejemplo, si la resolución se dictó en rebeldía, que no se entregase al demandado cédula de emplazamiento o documento equivalente de forma regular y con tiempo suficiente para que pudiera defenderse.

3.Cuando la resolución extranjera se pronuncie sobre una materia respecto a la cual fueren exclusivamente competentes los órganos jurisdiccionales españoles o, respecto a las demás materias, si la competencia del juez de origen no obedeciere a una conexión razonable.

4.Cuando la resolución fuera inconciliable con una resolución dictada en España.

5.Cuando la resolución fuera inconciliable con una resolución dictada con anterioridad en otro Estado, cuando esta última resolución reuniera las condiciones necesarias para su reconocimiento en España.

6.Cuando exista un litigio pendiente en España entre las mismas partes y con el mismo objeto, iniciado con anterioridad al proceso en el extranjero.

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¿POSIBLES RECURSOS?

Contra el auto de exequátur cabe interponer recurso de apelación.

Si el auto recurrido fuera estimatorio, es decir, que den la razón a quien se opone al exequátur, el órgano jurisdiccional podrá suspender la ejecución o sujetar dicha ejecución a la prestación de la oportuna caución o garantía.

Por último, contra la resolución dictada por la Audiencia Provincial en segunda instancia resolviendo la apelación, la parte legitimada podrá interponer el recurso extraordinario por infracción procesal o el recurso de casación si cumple con los requisitos legales para ello.

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¿ME PUEDO OPONER AL PROCEDIMIENTO DE EXEQUATUR?

En IPLexequatur.com nos oponemos si le han notificado el inicio de un procedimiento de exequátur a una sentencia que usted no quiere que esta tenga efecto en España. Somos abogados especializados en oponernos a un exequátur.  Nos oponemos a la solicitud de exequátur, y en caso de que nuestra oposición sea desestimada, iniciamos recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, y en el caso de que sea desestimado, se interpondrá el recurso extraordinario por infracción procesal o el recurso de casación, si fuera viable.

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¿QUE TIPOS DE PROCEDIMIENTOS DE EXEQUÁTUR SE SUELEN INICIAR?

En principio, existen múltiples casos de procedimientos de exequátur que es viable inciar, no obstante, los más comunes son estos:

  • Exequátur – reconocimiento de sentencia de divorcio extranjera, también conocido como exequátur de divorcio internacional. Se inicia en España el exequátur a fin de que se reconozca el divorcio en el país extranjero.
  • Exequátur – reconocimiento de sentencia que estipula pensión de alimentos. Puede darse el caso de que en el extranjero tenga una sentencia que dicta una determinada pensión de alimentos, y con el exequátur puede tener esa pensión de alimentos con efecto en España.
  • Exequatur – reconocimiento de sentencia que condena al pago de una cantidad económica, es posible solicitar que dicha sentencia tenga efecto en España, siempre y cuando el deudor esté residiendo en territorio español. 
  • En principio, cualquier sentencia que se haya dictado en otro país, y que pueda tener efecto en España, puede iniciarse el procedimiento de exequátur.

En IPLexequatur.com le damos el servicio profesional, como abogados especializados en exequátur en Carucedo, para iniciar el procedimiento u oponernos a el, y conseguir que la sentencia dictada en el extranjero, tenga efectos en España, o si se trata de oponernos al procedimiento de exequátur, conseguir que este no sea ejecutado en España y paralizarlo.

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